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Canarias: IGIC y comercio electrónico

RIC en Canarias para sociedades: cómo funciona y qué plazos mirar

Revisado el 8 min de lecturaEquipo Consult GlobalLex

La Reserva para Inversiones en Canarias (RIC) permite a una sociedad reducir la base imponible del Impuesto sobre Sociedades con parte del beneficio que no reparte, hasta el 90 % del beneficio no distribuido procedente de establecimientos en Canarias. A cambio, debes invertir esa cantidad en los activos que prevé la ley en un máximo de 3 años y mantener la reserva separada e indisponible en el balance.

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El problema

Si tu sociedad tiene su actividad en Canarias y genera beneficio, lo normal es que te hayan hablado de la RIC como una forma de pagar menos Impuesto sobre Sociedades. Es una herramienta real, pero no es un descuento automático: obliga a decidir en el cierre del ejercicio, a dejar el dinero ligado a una reserva y a invertirlo después en lo que la norma permite. Quien la usa sin entender esa contrapartida suele llevarse sorpresas.

El mecanismo está en el artículo 27 de la Ley 19/1994. La dotación reduce la base imponible, hasta el 90 % del beneficio no distribuido procedente de establecimientos en Canarias, y la base no puede quedar negativa por esta vía. Después, la cantidad dotada debe materializarse en las inversiones del artículo 27.4 en un plazo máximo de 3 años desde el devengo del ejercicio en que se hizo la dotación.

Conviene separar dos cosas que se confunden con frecuencia. La primera es el Impuesto sobre Sociedades, que se aplica en todo el territorio español (art. 2 de la Ley 27/2014) y que una sociedad canaria presenta ante la AEAT. La segunda es el IGIC, que sí se gestiona ante la Agencia Tributaria Canaria y no tiene relación con la reserva. Esta guía trata solo de la reserva y de su encaje en el Impuesto sobre Sociedades. No analiza la Zona Especial Canaria: sus requisitos no se tratan aquí y, si te interesa, debe valorarlos un técnico.

A quién afecta

  • Sociedades limitadas o anónimas con establecimiento en Canarias que obtienen beneficio y no lo reparten en su totalidad.
  • Vendedores de Amazon y de otros marketplaces que operan desde Canarias a través de una sociedad y quieren saber si pueden reducir su base imponible.
  • Emprendedores extranjeros que han constituido una sociedad en las islas y preguntan por los incentivos fiscales de la zona.
  • Administradores que están decidiendo entre repartir dividendos o mantener el beneficio en la sociedad para invertirlo.

¿Le afecta? Responde cuatro preguntas y mira qué obligaciones probablemente tiene tu tienda.

Paso a paso

  1. Comprueba que hay beneficio y que procede de Canarias

    La dotación se calcula sobre el beneficio no distribuido que procede de establecimientos en Canarias, de modo que sin beneficio de ese origen no hay base sobre la que dotar. Antes de nada, revisa el resultado contable del ejercicio y qué parte corresponde a la actividad realizada desde las islas.

    Si la sociedad combina actividad en Canarias con otra fuera, la delimitación del beneficio es un punto delicado. En la práctica conviene documentarla con criterio desde el principio y no reconstruirla cuando llegue la declaración.

  2. Decide cuánto dotar sin superar el límite

    El límite es el 90 % del beneficio no distribuido, y la base imponible no puede quedar negativa como consecuencia de la reducción. Dotar el máximo no es obligatorio ni siempre aconsejable: cuanto más dotes, más dinero queda ligado a inversiones futuras.

    Por eso conviene calcular también la tesorería que necesitará la sociedad para esas inversiones. Revisa asimismo el tipo que te corresponde; por ejemplo, para una sociedad de nueva creación puedes consultar la guía sobre el tipo del Impuesto sobre Sociedades 2026.

  3. Registra la reserva como indisponible y separada

    La reserva debe figurar en el balance de forma separada y con carácter indisponible. Esto significa que ese importe no puede destinarse a otra cosa mientras no se haya materializado, ni repartirse como dividendo.

    Haz que la contabilidad refleje con claridad la dotación, el ejercicio al que corresponde y la fecha desde la que corre el plazo de inversión. Ese control interno te evitará perder el hilo dentro de uno o dos años.

  4. Refleja la reducción en el modelo 200

    La reducción de la base imponible se aplica al presentar el modelo 200 del ejercicio, ante la AEAT. El plazo es de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores al cierre del período, es decir, del 1 al 25 de julio del año siguiente si el ejercicio coincide con el año natural.

    Las casillas y el detalle de cómo se consigna la dotación en el formulario no constan en la documentación que manejamos para esta guía, así que compruébalos con las instrucciones vigentes del modelo antes de presentar.

  5. Materializa la inversión dentro del plazo máximo de 3 años

    Desde el devengo del ejercicio en que dotaste la reserva tienes un máximo de 3 años para invertir en los activos del artículo 27.4 de la Ley 19/1994. Qué inversiones concretas valen, y con qué condiciones, es algo que debes comprobar en ese precepto y no dar por supuesto.

    Antes de comprar nada, confirma por escrito con tu asesor que el activo encaja. Una inversión que parece razonable para el negocio puede no ser una materialización válida, y descubrirlo después tiene consecuencias.

Tu caso, revisado por un profesional

Si esta guía describe tu situación, escríbenos y te indicaremos los siguientes pasos para tu empresa.

Plazos

Materialización de la dotación en las inversiones del art. 27.4 de la Ley 19/1994
Máximo de 3 años desde el devengo del ejercicio de la dotación · fuente
Modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades
Los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período; con ejercicio igual al año natural, del 1 al 25 de julio del año siguiente. El 200 del ejercicio 2026 vence en julio de 2027. · fuente
Domiciliación del modelo 200
Del 1 al 20 de julio, solo si el ejercicio acaba el 31/12 · fuente
Modelo 202 (pago fraccionado), tercer pago de 2026
21/12/2026, porque el día 20 cae en inhábil y pasa al primer día hábil siguiente · fuente

Errores frecuentes

Pensar que la reserva es un descuento sin contrapartida

Recuerda que la dotación obliga a invertir en las inversiones del artículo 27.4 en un máximo de 3 años. Planifica la tesorería de esa inversión cuando decidas cuánto dotar, no después.

Repartir como dividendo un beneficio que ya has dotado a la reserva

La reserva es indisponible y debe figurar separada en el balance. Antes de aprobar un reparto, comprueba qué parte del resultado está comprometida y no la incluyas en el acuerdo.

Dar por buena cualquier inversión como materialización

Solo cuentan las inversiones previstas en el artículo 27.4 de la Ley 19/1994. Consulta el texto del precepto y confirma el encaje de cada compra antes de pagarla.

Confundir los impuestos y presentar ante el organismo equivocado

El Impuesto sobre Sociedades (modelos 200 y 202) se presenta ante la AEAT, mientras que el IGIC (modelos 420 y 425) va ante la Agencia Tributaria Canaria. Si vendes desde las islas, la guía sobre vender en Amazon desde Canarias te ayuda a separar ambos mundos.

Dejar pasar el plazo del modelo 200 por fiarte de la fecha del año anterior

Mira el calendario cada año. El plazo de julio puede trasladarse al primer día hábil si el último día es inhábil: el modelo 200 del ejercicio 2025 venció el 27/07/2026 porque el 25 era sábado. Presentar tarde sin requerimiento genera un recargo del artículo 27 de la Ley General Tributaria.

Mini-diagnóstico en 30 segundos

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¿Vende a particulares de otros países de la UE?
¿Tiene stock en almacenes fuera de España (por ejemplo, FBA)?
¿Tu empresa está en Canarias?
¿Importa mercancía desde China?

Preguntas frecuentes

¿La RIC reduce la cuota o la base imponible?

Reduce la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, no la cuota. La reducción llega hasta el 90 % del beneficio no distribuido procedente de establecimientos en Canarias, y la base no puede quedar negativa por su causa.

¿Puedo disponer libremente del dinero dotado?

No. La dotación se recoge en una reserva indisponible, separada en el balance, hasta que se materializa en las inversiones del artículo 27.4. Antes de comprometer ese dinero en otra cosa, conviene revisar con tu asesor cómo queda afectada la tesorería.

¿Qué pasa si no invierto en los 3 años?

Las fuentes que manejamos no detallan las consecuencias del incumplimiento, así que no podemos darte una cifra ni un efecto concreto. Lo prudente es no llegar a ese escenario y consultar el artículo 27 de la Ley 19/1994 y a un asesor antes de que se agote el plazo.

¿Es lo mismo que la Zona Especial Canaria?

No, son regímenes distintos. Esta guía solo trata la reserva, y los requisitos de la Zona Especial Canaria no los damos por verificados aquí. Si te interesa ese régimen, pide que lo analice un técnico con tu caso concreto.

¿Presento la declaración ante la Agencia Tributaria Canaria?

No para el Impuesto sobre Sociedades. Una sociedad canaria presenta los modelos 200 y 202, y también el 111 y el 115, ante la AEAT. La Agencia Tributaria Canaria se ocupa del IGIC; si quieres repasar sus plazos, mira la guía del modelo 420.

¿Puedo dotar la reserva si la sociedad tuvo pérdidas?

La dotación se calcula sobre el beneficio no distribuido procedente de establecimientos en Canarias, por lo que sin beneficio de ese origen no hay base sobre la que calcularla. Aun así, revisa tu caso concreto con un asesor antes de dar nada por hecho.

Fuentes oficiales

Equipo Consult GlobalLex

Asesoría fiscal, contable y legal para vendedores de Amazon y marketplaces, emprendedores extranjeros y empresas de Canarias. Colaborador social de la AEAT y de la TGSS.

Redactado con asistencia de IA y contrastado, dato por dato, con las fuentes oficiales citadas. Revisado el 29 de octubre de 2026.

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