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ROI, VIES y NIF-IVA

ROI denegado: qué hacer, plazos para recurrir y cómo volver a pedirlo

Revisado el 10 min de lecturaEquipo Consult GlobalLex

Si la AEAT te ha denegado el alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios, lo primero es localizar la notificación y su fecha, porque desde ella corren los plazos de recurso. Después hay que averiguar la causa real y elegir entre recurrir o presentar una nueva solicitud con el expediente corregido. Si además tu sociedad está en Canarias, comprueba antes si el ROI te corresponde.

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El problema

El ROI es el censo de la AEAT que te da el NIF-IVA con prefijo ES, imprescindible para hacer entregas o adquisiciones intracomunitarias, recibir servicios de proveedores no establecidos con inversión del sujeto pasivo o prestar servicios localizados en otro Estado miembro. Se solicita con el modelo 036, casilla 582 (alta) y casilla 584 (fecha prevista de la primera operación). Mientras no lo tengas, tus operaciones con empresas de otros Estados miembros se complican: proveedores y clientes te pedirán un NIF-IVA que valide en VIES. De ahí la urgencia.

La denegación puede llegar de dos formas. La primera es una resolución expresa. La segunda es el silencio: si la AEAT no resuelve en 3 meses, la solicitud podrá considerarse denegada. El silencio es negativo, no equivale a una aprobación (art. 25.1 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria). Por tanto, no tener noticias pasados tres meses no significa que el alta esté concedida.

El reglamento solo cita dos supuestos de denegación: que los datos aportados no sean veraces, previa audiencia de 10 días (art. 24.1), y que el NIF sea provisional y no se haya aportado la escritura, los estatutos o la inscripción registral (art. 146.1.b). Si por el camino te llega un requerimiento, es buena señal: el expediente sigue vivo y todavía puedes aclarar lo que la AEAT cuestiona.

Todo lo que sigue se refiere al alta. Si tu situación es otra, por ejemplo una baja de oficio o una comprobación formal, los pasos cambian en parte y se indican más abajo.

A quién afecta

  • Sociedades limitadas de reciente constitución que han solicitado el alta en el ROI con el 036 para comprar o vender dentro de la UE.
  • Vendedores de Amazon y otros marketplaces con almacén o proveedores en otros Estados miembros que necesitan NIF-IVA para operar.
  • Emprendedores extranjeros que constituyen una SL en España y piden el ROI como primer trámite censal.
  • Sociedades con domicilio en Canarias que han solicitado el ROI sin tener claro qué operación van a realizar en el territorio de aplicación del IVA.

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Paso a paso

  1. Localiza la notificación y fíjate en la fecha

    Las SL están obligadas a recibir las notificaciones de la AEAT por medios electrónicos, que se practican por comparecencia en sede o en la Dirección Electrónica Habilitada única. Si la notificación es obligatoria y no accedes a ella, se entiende rechazada a los 10 días naturales desde su puesta a disposición, y el trámite se da por efectuado aunque no la hayas abierto. El aviso por correo o SMS es solo informativo: la fecha que cuenta es la del justificante de sede.

    Desde el día siguiente a la notificación corren los plazos. Un requerimiento se contesta, por regla general, en 10 días hábiles. Un recurso, en un mes. Mezclar días naturales y hábiles es una de las formas más frecuentes de perder una oportunidad.

  2. Identifica la causa de la denegación

    Lee la resolución o el requerimiento y localiza el motivo concreto. Si invoca el art. 24.1, la AEAT considera que algún dato no es veraz y debió darte un trámite de audiencia de 10 días. Si invoca el art. 146.1.b, el problema es documental: NIF provisional sin escritura, estatutos o inscripción aportados.

    En la práctica conviene cruzar todos los documentos entre sí antes de contestar: el plan de negocio, los datos del Registro Mercantil, las fechas de constitución y alta censal, el domicilio y la actividad declarada en el 036 deben coincidir. Una sola contradicción detectable puede hacer sospechoso el conjunto del expediente.

  3. Decide si recurres o vuelves a solicitar

    Contra la denegación cabe recurso de reposición, potestativo, o reclamación económico-administrativa. Ambos tienen un plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación (art. 223.1 y art. 235.1 de la Ley General Tributaria). El mes se cuenta de fecha a fecha, no son 30 días. No pueden utilizarse a la vez: si interpones reposición, no cabe la reclamación hasta que se resuelva o haya silencio, y si presentas ambas en plazo se tramita la primera y la segunda es inadmisible.

    Si la causa es de fondo, por ejemplo una incoherencia en el expediente, suele ser más útil presentar una nueva solicitud con la documentación corregida que discutir una resolución. Si la causa es un error de la Administración o una interpretación discutible, el recurso tiene más sentido. Cuando haya duda, pide criterio a un profesional antes de agotar el mes.

  4. Si hay requerimiento, contéstalo en plazo y amplía si lo necesitas

    Si lo que tienes es un requerimiento y no una denegación, tu prioridad es aportar lo pedido dentro de los 10 días hábiles. Puedes solicitar una ampliación al amparo del art. 91 del reglamento: como máximo, hasta la mitad del plazo inicial, una sola vez y pidiéndola antes de los tres últimos días del plazo. Se entiende concedida por la mitad con la presentación en plazo de la solicitud, salvo denegación expresa notificada antes del vencimiento.

    Una vez iniciado un procedimiento, lo que presentes fuera de él no tendrá los efectos de una regularización espontánea. Por eso conviene contestar siempre dentro del propio trámite.

  5. Comprueba si el ROI te corresponde, sobre todo en Canarias

    Según la AEAT, el ROI es para empresarios establecidos en el territorio de aplicación del IVA, es decir, península y Baleares. Canarias es territorio tercero a efectos del IVA (art. 3.Dos de la Ley del IVA). Una SL canaria que solo quiere el ROI por las comisiones del marketplace no lo necesita: esas facturas se autoliquidan por inversión del sujeto pasivo del IGIC en el modelo 420 ante la Agencia Tributaria Canaria, sin modelo 349. Puedes ver el detalle en nuestra guía Factura de comisiones de Amazon sin IVA: cómo declararla en 303 y 349.

    Si pese a todo necesitas el ROI, tendrás que justificar qué operación concreta del art. 25.2 del reglamento vas a realizar en el territorio de aplicación del IVA. Si no puedes hacerlo, la solicitud no procede.

  6. Si la AEAT no responde, reitera y valora la queja

    Pasados los 3 meses sin resolución puedes tratar la solicitud como denegada y valorar el recurso. Antes de ese momento, puedes reiterar tu petición por el registro electrónico general de la AEAT.

    La queja ante el Consejo para la Defensa del Contribuyente tiene un matiz: el servicio afectado contesta en 15 días y se inadmiten las quejas sobre procedimientos sujetos a plazo formuladas antes de que ese plazo venza, salvo las que denuncian el funcionamiento de la Administración (arts. 9 y 10 del Real Decreto 1676/2009). Una queja que solo pide que resuelvan el ROI antes del vencimiento puede inadmitirse.

Tu caso, revisado por un profesional

Si esta guía describe tu situación, escríbenos y te indicaremos los siguientes pasos para tu empresa.

Plazos

Resolución del alta en el ROI: sin respuesta, la solicitud podrá considerarse denegada (silencio negativo)
3 meses · fuente
Audiencia previa si la AEAT apunta a datos no veraces
10 días · fuente
Notificación electrónica obligatoria no abierta: se entiende rechazada
10 días naturales desde la puesta a disposición · fuente
Contestar un requerimiento de información
No inferior a 10 días desde el día siguiente a la notificación; los días sin calificar son hábiles · fuente
Solicitar la ampliación del plazo (una sola vez, hasta la mitad del plazo)
Antes de los tres últimos días del plazo · fuente
Recurso de reposición o reclamación económico-administrativa (no simultáneos)
1 mes desde el día siguiente a la notificación, de fecha a fecha · fuente
Procedimiento de comprobaciones formales ROI: duración máxima
6 meses; reposición o reclamación en 1 mes · fuente

Errores frecuentes

Dar por concedido el ROI porque la AEAT no contesta

El silencio en este procedimiento es negativo. Pasados 3 meses sin resolución, la solicitud podrá considerarse denegada. Apunta la fecha de presentación y haz seguimiento activo desde el principio.

No abrir la notificación electrónica o fiarse del aviso por correo

Una SL está obligada a recibirlas por vía electrónica y, si no accede, se entiende rechazada a los 10 días naturales y el plazo corre igual. Revisa la Dirección Electrónica Habilitada única con regularidad o nombra a un apoderado con el trámite adecuado.

Confundir días hábiles con naturales o un mes con 30 días

El rechazo de la notificación cuenta 10 días naturales. El plazo para contestar, 10 días hábiles. Para recurrir, un mes de fecha a fecha. Anota cada plazo con su fecha de inicio y la del justificante de sede.

Interponer a la vez reposición y reclamación económico-administrativa

Elige una vía. Si presentas ambas en plazo se tramita la primera y la segunda es inadmisible.

Volver a solicitar el ROI con el mismo expediente

Averigua primero la causa. En la práctica conviene que el plan de negocio, el domicilio, las fechas y la actividad declarada en el 036 sean coherentes entre sí. Se ha visto que declarar el CNAE 4791 como actividad principal ha provocado denegaciones; suele usarse 4793 como principal, con 4719 y 4690, y el 4791 solo como secundario.

Pedir el ROI para una SL canaria sin operación en el territorio de aplicación del IVA

Las comisiones de Amazon a una SL canaria se resuelven con inversión del sujeto pasivo de IGIC en el modelo 420. Pide el ROI solo si vas a realizar una operación del art. 25.2 del reglamento y puedes justificarla.

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¿Vende a particulares de otros países de la UE?
¿Tiene stock en almacenes fuera de España (por ejemplo, FBA)?
¿Tu empresa está en Canarias?
¿Importa mercancía desde China?

Preguntas frecuentes

¿Puedo operar con otros países de la UE mientras no tengo el ROI?

Sin NIF-IVA válido no puedes aplicar la exención en entregas intracomunitarias: si falta el NIF-IVA del adquirente validado en VIES o la inclusión en el modelo 349, la entrega queda sujeta y no exenta en España. Antes de seguir facturando, conviene revisar con un profesional cómo afecta cada operación.

¿Qué pasa si no hago operaciones intracomunitarias después de obtener el ROI?

La baja en el ROI debe pedirse a instancia del interesado si en 12 meses no ha habido operaciones intracomunitarias, y la AEAT puede además darte de baja de oficio en varios supuestos, como el NIF provisional sin documentación o más de un año sin poder notificar tras tres intentos.

¿Cómo acredito después que tengo el NIF-IVA activo?

Puedes solicitar a la AEAT el certificado tributario de operador intracomunitario por el procedimiento G312, cuyo plazo de expedición es de 20 días; si no estás conforme con su contenido, tienes 10 días para decirlo. Además, el NIF-IVA debe validar en VIES.

¿Qué es el procedimiento de comprobaciones formales del ROI?

Es un procedimiento que la AEAT inicia de oficio para aclarar discrepancias. Dura un máximo de 6 meses y contra su resolución cabe reposición o reclamación económico-administrativa en el plazo de 1 mes.

Soy una SL canaria que vende en Amazon, ¿necesito ROI?

Por las comisiones del marketplace no. Se autoliquida IGIC por inversión del sujeto pasivo en el modelo 420 ante la Agencia Tributaria Canaria y no se presenta el 349. Las ventas de Canarias a la península son exportaciones con DUA y no entregas intracomunitarias.

¿Hay que presentar de nuevo todo el 036 si me han denegado el alta?

Las fuentes oficiales consultadas no detallan el trámite exacto tras una denegación, así que conviene comprobarlo con la AEAT o con un asesor antes de actuar. Lo que sí consta es que el alta se solicita con el modelo 036, casilla 582, y que la 584 recoge la fecha prevista de la primera operación.

Fuentes oficiales

Equipo Consult GlobalLex

Asesoría fiscal, contable y legal para vendedores de Amazon y marketplaces, emprendedores extranjeros y empresas de Canarias. Colaborador social de la AEAT y de la TGSS.

Redactado con asistencia de IA y contrastado, dato por dato, con las fuentes oficiales citadas. Revisado el 6 de octubre de 2026.

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